¿Cómo Reclamar Préstamo?

En los últimos años, ante las dificultades que presenta la concesión de un crédito bancario, se han disparado  las peticiones de financiación a entidades no controladas por las autoridades monetarias que ofrecen créditos rápidos sin apenas requisitos, a cambio de intereses tan elevados que, en numerosas ocasiones, pueden considerarse usurarios.

Se trata habitualmente de importes pequeños, concedidos casi siempre de forma inmediata, con pocos requerimientos de documentación, a través de Internet, por teléfono, en cajeros automáticos o incluso presencialmente en centros comerciales.

Los solicitantes habituales, personas que carecen de los recursos o garantías necesarios para acceder a los tradicionales créditos bancarios, no suelen informarse convenientemente respecto a las elevadas tasas de intereses sujetos a un plazo de devolución bastante corto. Intereses que, en caso de retrasos en el pago, se multiplican exponencialmente imposibilitando la devolución del préstamo.

La trampa del crédito fácil

Hasta ahora, el interés usurario se concentraba principalmente en créditos de pequeños importes, llamados microcréditos, desde 50 a 500-600 euros, a devolver en plazos muy cortos y ofrecidos principalmente a través de Internet.

Sin embargo, como se trata un negocio muy lucrativo, ahora muchas empresas se han lanzado a ofrecer préstamos de mayor importe (hasta 5.000 euros) y con plazos de devolución más largos (hasta 4 años). Lo que no varía son los elevados intereses que se aplican, que llegan hasta el 381,28% TAE que puede llega a aplicar la entidad Creditea.

Estos créditos, como también los microcréditos o las tarjetas revolving, están pensados para personas con problemas económicos. Pero recurrir a ellos solo agravará más el problema: en caso de impago, los costes se disparan aún más, cargando comisiones por reclamación de posiciones deudoras e intereses adicionales que harán que la deuda aumente exponencialmente. Además se corre el riesgo de la posible venta de la deuda a una empresa de recobros, muchas de las cuales rondan los límites de la legalidad.

¿Cuándo el interés es usurario?

Un préstamo es usurario cuando el tipo de interés remuneratorio que nos aplican supera notablemente el interés normal del dinero y es manifiestamente desproporcionado según las circunstancias del caso. También podemos hablar de usura cuando el préstamo ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales. Así se expresa al artículo 1 de la Ley de represión de la usura que data nada menos que de 1908 y así lo ha establecido el Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en dos Sentencias de 25 de noviembre de 2015 y de 4 de marzo de 2020.

El interés remuneratorio es lo que nos cobran por el dinero que nos prestan – no confundir con el interés de demora que es aquel que se nos aplica cuando nos retrasamos en la devolución del préstamo o de alguna de sus amortizaciones –.

El interés normal del dinero no es el interés legal, sino el normal o habitual para el tipo de operación al que nos estemos refiriendo. El doble o más de este interés normal puede considerarse como notablemente superior.

Un tipo de interés puede ser anormalmente elevado si las circunstancias de la operación así lo justifican. Por ejemplo, si un particular va a realizar una operación financiera de alto riesgo pero con un elevado interés, es lógico que quien le financie también fije un interés elevado para el préstamo que le concede por el riesgo que asume. Pero si las circunstancias no son excepcionales y se trata de un simple préstamo al consumo hecho a un particular, no hay razón alguna para que se establezca un interés elevado por lo que, si así se fija, nos encontraremos ante un interés manifiestamente desproporcionado atendiendo a las normales circunstancias de la operación.

¿Qué conseguiré reclamando?

José contrató en 2015 un préstamo de 4.000 euros con Creditea a un interés TAE del 30% y hoy, después de 6 años pagando cuotas mensuales, ha abonado un total de 7.000 euros y aún debe 3.500 euros.

Pues bien, si José reclama a Creditea solicitando la nulidad del préstamo por usurario, casi con toda seguridad tendría éxito y la consecuencia sería que, en vez de tener que pagar los 3.500 euros que aun le restan por pagar, Creditea le devolverá a él los 3.000 euros que ha abonado de más (aparte, por supuesto, de que su deuda con la entidad quedará eliminada)

La nulidad del contrato implica que la entidad financiera tiene que devolver al cliente todas las cantidades que haya pagado por encima del capital prestado, es decir, que es como si al titular de la tarjeta le hubieran dado un préstamo a interés cero.

¿Qué tengo que enviar para la reclamación?

Solamente nos tienes que enviar la copia de tu DNI y el contrato o algún extracto mensual de la tarjeta.

Para iniciar la reclamación necesitamos que firmes la Hoja de encargo, donde se recogen las condiciones generales del servicio que te prestaremos.

¿Qué riesgo corro?

El riesgo que corres es perder el pleito y tener que pagar las costas. Todos los procedimiento judiciales tienen riesgos y nadie puede asegurar un buen resultado. No obstante, en este tipo de asuntos aproximadamente el 98% de las demandas son estimadas, lo cual es un dato apabullante. Las posibilidades de perder son casi nulas, pero aun así, si no quieres correr ningún riesgo, te ofrecemos la posibilidad de acogerte a la “clausula de indemnidad”: pactamos contigo un % mayor en caso de ganar a cambio de que nosotros asumamos las costas en caso de perder. Así, pase lo que pase, reclamar no te costará nada.

¿Puedo cancelar la deuda y después reclamar?

Sí. Puedes cancelar la totalidad de la deuda y después iniciar la reclamación.

¿Puedo reclamar si han pasado muchos años?

Absolutamente, si. No hay plazo para reclamar la nulidad de los intereses.

¿Te han metido en ASNEF por un préstamo?

Si el banco con el que contrataste el préstamo te ha incluido en un fichero de insolvencia como ASNEF o BADEXCUG, puedes no solo pedir la cancelación de los datos (que te saquen del fichero) sino además reclamar al banco una indemnización por daños morales.